FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA)

El Fondo de Garantia Salarial (FOGASA) asegura el pago de salarios e indemnizaciones de despido impagadas. Es un Fondo que se financia a través de cotizaciones mensuales asociadas a las nóminas de los trabajadores por cuenta ajena. Normalmente un 0,20% sobre la Base de Cotización de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Tambien se financia con el cobro de los créditos salariales e indemnizatorios en los que se subroga pero esta vía de financiación es escasa a causa de la falta de medios técnicos y personal en dicho organismo, por un lado, y a causa de la regulación a favor de los deudores de mala fe que existe en la Ley Concursal que es la que rige los Concursos de Acredores de empleadores que impagan los salarios e indemnizaciones a trabajadores.

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) paga salarios e indemnizaciones cuando existe insolvencia o procedimiento concursal. Se necesita una declaración de insolvencia de la empresa, o bien la declaración del Concurso de Acreedores y un Certificado de Deuda emitido por el Administrador Concursal.

El Fondo de Garantia Salarial (FOGASA) paga en el caso de los salarios un límite de 10.060,80 euros. Es decir, un limite de 120 días con un salario máximo con prorrateo de pagas extras equivalente al doble del Salario Mínimo Interprofesional diario que para el año 2023 equivale a 83,84 euros.

En el caso de las indemnizaciones el limite es de 30.601,60 euros, que equivalen a un año, 365 días, con un salario máximo con prorrateo de pagas extras equivalente al doble del Salario Mínimo Interprofesional diario que para el año 2023 equivale a 83,84 euros.

La solicitud y tramitación para el cobro debe realizarse con cuidado puesto que si la Resolución es negativa va a ser necesario acudir a juicio para poder cobrar las cantidades que en derecho procedan.

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